|
-
Minuta firmada por las partes y autorizada por abogado.
-
Copia de los documentos de identidad válidos de los cónyuges.
-
Vigencia de poder reciente en caso de intervenir en representación.
-
Copia certificada de la partida de matrimonio con fecha de expedición no mayor de tres meses anteriores a la fecha de presentación de la minuta.
-
Certificado Registral Inmobiliario (CRI) o copia literal reciente del o de los inmuebles, en caso corresponda.
-
HR, PU y comprobantes de pago del Impuesto Predial por todo el año o constancia de no adeudo del Impuesto Predial emitida por la Municipalidad Distrital o Provincial, según el caso, cuando corresponda.
-
Tarjeta de identificación vehicular y SOAT vigente, de ser el caso.
-
Comprobante de pago de Impuesto Vehicular por todo el año, de ser el caso.
-
Revisados los documentos se puede requerir otros.
-------
-
Los firmantes no deben tener deuda por omiso a sufragio.
-
La dirección del inmueble que aparezca en los documentos antes señalados deben coincidir con la dirección que aparece en la Partida Registral de los Registros Públicos.
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|